Cesantías en Colombia 2026: Guía Completa para Calcular, Retirar y Entender tus Derechos

Las cesantías son, probablemente, el ahorro obligatorio más importante que tenés como trabajador colombiano. Pero también son uno de los conceptos que más confusión generan: ¿cuánto te deben consignar?, ¿cuándo podés retirarlas?, ¿qué pasa si tu empleador no las paga a tiempo?

En esta guía te explicamos todo lo que necesitás saber sobre cesantías en Colombia, con la legislación vigente al 10 de julio de 2026. Sin tecnicismos innecesarios, con ejemplos reales y con el SMMLV actualizado.

💡 Dato clave 2026: El SMMLV es de $1.750.905 y el auxilio de transporte es de $200.000. Si ganás hasta 2 SMMLV ($3.501.810), el auxilio se suma a la base para calcular tus cesantías.

¿Qué son las cesantías y para qué sirven?

Las cesantías son una prestación social obligatoria que el empleador debe pagar a todo trabajador con contrato laboral. Funcionan como un ahorro forzoso que te protege en caso de que te quedes sin trabajo.

Están reguladas por el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 50 de 1990. Su objetivo principal es que tengás un respaldo económico mientras conseguís un nuevo empleo.

Alcancía con monedas colombianas representando ahorro de cesantías

Las cesantías son tu ahorro de seguridad: un mes de salario por cada año trabajado.

📌 ¿Quiénes tienen derecho a cesantías? Todos los trabajadores con contrato de trabajo a término fijo, indefinido o por obra o labor. Los trabajadores independientes y los de contrato de prestación de servicios no tienen derecho a cesantías.

¿Cómo se calculan las cesantías?

El cálculo es más sencillo de lo que parece. La regla general es: un mes de salario por cada año trabajado. Si trabajaste menos de un año, se calculan proporcionalmente a los días trabajados.

Fórmula oficial:

Cesantías = (Salario base + Auxilio de transporte*) × Días trabajados ÷ 360

*El auxilio de transporte solo se incluye si tu salario es de hasta 2 SMMLV ($3.501.810 en 2026).

¿Qué incluye la base salarial?

  • Salario básico mensual: el que aparece en tu contrato.
  • Auxilio de transporte: si ganás hasta 2 SMMLV ($3.501.810 en 2026).
  • Horas extra y recargos: si son habituales, se promedian.
  • Comisiones: si son parte de tu remuneración habitual.
⚠️ Cuidado: Si tu empleador no incluye las horas extra o comisiones habituales en la base, está calculando mal tus cesantías. Eso significa que te está pagando de menos.

Intereses de cesantías: el 12% que te deben pagar

Además del valor de las cesantías, tu empleador debe pagarte intereses del 12% anual sobre el valor acumulado. Este pago es directo a vos, no al fondo de cesantías.

Fórmula de intereses:

Intereses = Cesantías acumuladas × 12% × (Días trabajados ÷ 360)
Plazo Obligación del empleador
Antes del 31 de enero Pagar los intereses del 12% directamente al trabajador
Antes del 14 de febrero Consignar las cesantías al fondo elegido por el trabajador
💡 Ejemplo rápido: Si tenés $3.000.000 acumulados en cesantías, los intereses del 12% anual son $360.000. Si trabajaste solo 6 meses (180 días), te corresponden $180.000 de intereses.

¿Cuándo y cómo podés retirar tus cesantías?

Esta es la parte que más le interesa a todo el mundo. Las cesantías no se pueden retirar en cualquier momento. La ley establece casos específicos:

Persona revisando documentos para retiro de cesantías

Solo podés retirar tus cesantías en los casos autorizados por la ley.

Casos en los que SÍ podés retirar tus cesantías:

Motivo de retiro ¿Retiro total o parcial? Documentos necesarios
Terminación del contrato Total Carta de terminación o liquidación
Compra de vivienda Parcial o total Promesa de compraventa o escrituras
Mejoras de vivienda Parcial Cotización de materiales o contrato de obra
Educación superior Parcial o total Recibo de matrícula (del trabajador, cónyuge o hijos)
Liberación de hipoteca Parcial o total Certificado de deuda del banco
🚨 Importante: Si tu empleador te dice que "te va a dar las cesantías por debajo de la mesa" mientras seguís trabajando, está incumpliendo la ley. Las cesantías deben estar en un fondo mientras el contrato esté vigente. Exigí que te las consignen.

Plazos legales: ¿qué pasa si no te las consignan a tiempo?

Los plazos son sagrados. Si tu empleador no cumple, hay consecuencias económicas para él:

  • Intereses de cesantías: debe pagártelos antes del 31 de enero de cada año.
  • Consignación al fondo: debe hacerla antes del 14 de febrero.
  • Mora en la consignación: debe pagar un día de salario por cada día de retraso como indemnización (art. 99 de la Ley 50 de 1990).
⚡ Si tu empleador no te ha consignado las cesantías: Podés acudir al Ministerio del Trabajo o a un juez laboral. La indemnización por mora es automática: un día de salario por cada día de retraso. ¡No dejés pasar tus derechos!

Ejemplos prácticos con SMMLV 2026

Veamos dos ejemplos reales para que te quede completamente claro:

Ejemplo 1: Carlos, salario mínimo

Carlos gana el SMMLV 2026 ($1.750.905) más auxilio de transporte ($200.000). Trabajó todo el año 2026 (360 días).

Base: $1.750.905 + $200.000 = $1.950.905

Cesantías: $1.950.905 × 360 ÷ 360 = $1.950.905

Intereses (12%): $1.950.905 × 12% = $234.109

💵 Total que debe recibir Carlos: $1.950.905 (al fondo) + $234.109 (intereses a él)

Ejemplo 2: Andrea, 6 meses trabajados

Andrea gana $3.000.000 (menos de 2 SMMLV, recibe auxilio). Trabajó de enero a junio de 2026 (181 días).

Base: $3.000.000 + $200.000 = $3.200.000

Cesantías: $3.200.000 × 181 ÷ 360 = $1.608.889

Intereses (12% proporcional): $1.608.889 × 12% × 181 ÷ 360 = $97.067

💵 Total: $1.608.889 (al fondo) + $97.067 (intereses)

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¿La Ley 2466 de 2025 afecta las cesantías?

La Ley 2466 de 2025 no modificó directamente el cálculo de las cesantías, pero sí afecta la base salarial de forma indirecta:

  • Horas extra y recargos: Como el recargo nocturno ahora empieza a las 7:00 p.m. (antes 9:00 p.m.) y el dominical subió al 90%, si trabajás en estos horarios tu salario promedio puede ser mayor. Eso aumenta la base para calcular tus cesantías.
  • Jornada máxima de 44 horas: A partir del 15 de julio de 2026, las horas trabajadas por encima de 44 semanales se pagan como extra y se incluyen en el promedio salarial.
📌 En resumen: Si trabajás en horario nocturno (desde las 7 p.m.) o domingos/festivos con el nuevo recargo del 90%, tu base salarial para cesantías es más alta que antes de la reforma. ¡Asegurate de que tu empleador lo esté aplicando correctamente!

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